Leonardo Jaimes Marín, Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos

Leonardo Jaimes Marín: «Los fundamentos para privar a Carolina Rubio de la libertad son absurdos»

Carolina Rubio, funcionaria de la seccional Santander de la <media 6548>Fundación Comité de Solidaridad con los Presos Políticos</media> (FCSPP, el Comité) desde 2002, fue privada de la libertad el 16 de noviembre de 2010. Su detención tuvo lugar unos días después de haber vuelto de Bélgica donde —con el apoyo de la Oficina de Derechos Humanos-Acción Colombia (OIDHACO)— conversó con senadores belgas y miembros de la Comisión Europea así como con varias representaciones permanentes de países miembros ante la Unión Europea para solicitarles que exijan al Gobierno colombiano un verdadero cambio en el respeto a los derechos humanos. Por el estado de embarazo de Rubio, la Fiscalía suspendió la medida de aseguramiento pocos días después; sin embargo, el proceso continúa. Carolina Rubio es acusada del delito de rebelión por hechos supuestamente ocurridos los años 2002 y 2005 y señalada de pertenecer a la organización insurgente Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). PBI habló con su abogado, Leonardo Jaimes Marín, sobre el proceso jurídico.

 

PBI: ¿Cuáles son las acusaciones que existen contra Carolina Rubio?

Leonardo Jaimes Marín: A ella se le formularon cargos en la indagatoria por el delito de rebelión. El delito de rebelión es utilizado para judicializar a un buen número de defensores de derechos humanos en Colombia. Carolina no ha sido la primera y ya otros integrantes del Comité han sido judicializados y siempre se les formulan cargos por rebelión. Es decir, ha sido permanente la estigmatización de este trabajo. Además hay que añadir que el Comité fue víctima de la interceptación ilegal de llamadas telefónicas por parte del DAS.

 

En Santander las capturas masivas de campesinos, obreros y pobladores son muy comunes y siempre tienen como sustento para llevarlas a cabo declaraciones de personas que se denominan reinsertados o ex integrantes de la guerrilla que buscan beneficios económicos y jurídicos. Pero después de ser sometidos al contrainterrogatorio en juicio oral, todo se cae y la gran mayoría de las personas víctimas de capturas masivas quedan en libertad a los pocos días o a los pocos meses. Lamentablemente, su nombre, su rostro y su imagen ya han sido mostrados a los medios y esto aumenta peligrosamente su nivel de riesgo ya que tanto los lugares de origen de los campesinos como los lugares de trabajo de los defensores de derechos humanos habitualmente son zonas fuertemente paramilitarizadas.

 

PBI: ¿En qué se basan las acusaciones contra Carolina Rubio?

LJM: El proceso judicial contra ella fue adelantado por parte de los investigadores de la Seccional de Investigación Criminal (SIJIN) de la Policía Nacional de Colombia. Los fundamentos para privarla de la libertad son absurdos. Han llevado a dos personas supuestamente reinsertadas —porque desconocemos si son o no son— y a partir del testimonio de ellas han proferido una orden de captura. Hay que aclarar que son los investigadores de la SIJIN quienes buscan a los reinsertados e inicialmente les ocultan la identidad violando normas legales y constitucionales. Posteriormente un Fiscal de la Unidad de Apoyo de Bucaramanga, sin hacer un examen juicioso de la veracidad del dicho de estas personas, profiere la orden de captura.

 

PBI: ¿Qué va a pasar ahora en este caso?

LJM: En este momento el proceso continúa en algo que se denomina etapa de pruebas, es decir, la Fiscalía va a recabar o va a presentar o va a practicar más pruebas y la defensa también tiene derecho a solicitar o en su defecto aportar pruebas. El proceso fue enviado a la ciudad de Barrancabermeja, lugar donde continuará la investigación, y allí tenemos un periodo de pruebas donde el fiscal tiene que cerrar la investigación después de seis meses y calificar el sumario, es decir que si con lo que existe hay mérito para llamar a juicio o se archiva la investigación.

 

PBI: ¿Carolina Rubio tendría que volver a la cárcel?

LJM: La orden del fiscal es que si no ha terminado el proceso seis meses después de nacer el niño, ella entra a detención domiciliaria. En este momento existe la suspensión de la medida por el nacimiento del bebé, pero la ley colombiana dice que seis meses después se la sometería a una detención domiciliaria.