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CCEEU: La impunidad orientada y ordenada desde el Gobierno: el caso de los falsos positivos

CCEEU: La impunidad orientada y ordenada desde el Gobierno: el caso de los falsos positivos

Son las medidas del Gobierno para debilitar la independencia judicial y aprovechar las fallas del sistema acusatorio las que están produciendo impunidad en los casos de ejecuciones extrajudiciales y la libertad de militares implicados en falsos positivos

 

La suspensión provisional por parte del Consejo de Estado del Convenio que permitía que fuera la justicia ordinaria quien asumiera directamente los procesos que involucran a militares activos en la comisión de presuntas ejecuciones extrajudiciales, solicitada por el Cuerpo de Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas refuerza aún más las condiciones que han mantenido en la impunidad estas graves violaciones de los derechos humanos, al igual que la libertad por vencimiento de términos de la mayoría de los militares implicados en los asesinatos sistemáticos de jóvenes del municipio de Soacha, ejecutados extrajudicialmente por miembros del Ejército.

 

La libertad por vencimiento de términos de cerca de 30 de los 54 militares  implicados en la desaparición forzada y asesinatos sistemáticos con fines de recompensa de 22 jóvenes del municipio de Soacha y otras localidades ha generado conmoción y asombro en la comunidad nacional e internacional y pone de presente los mecanismos de impunidad que rodean los miles de casos de ejecuciones extrajudiciales de civiles en los últimos años. A pesar de que en este caso paradigmático, que despertó la reacción indignada de la comunidad internacional, el Gobierno había prometido que iba a actuar con toda la severidad y prontitud, las trabas y obstáculos para el juzgamiento de los militares implicados corre el riesgo de dejar sin castigo a los responsables de estos crímenes sistemáticos. Los crímenes de los 22 jóvenes del caso Soacha representan el caso más visible y que mayor atención ha recibido de parte de los medios y la comunidad nacional e internacional, pero representa menos del 1% de los casos de ejecuciones extrajudiciales de civiles a manos de miembros de la Fuerza Pública presentados a partir del año 2002, los cuales se encuentran en una proporción abrumadoramente mayoritariamente en la impunidad.

 

De manera apresurada algunos sectores han ubicado la responsabilidad por estas decisiones en los fiscales y jueces de conocimiento encargados de la investigación y juzgamiento de estos crímenes atroces y sistemáticos. Sin embargo, un análisis global de los casos de ejecuciones extrajudiciales que están siendo tramitados por el sistema judicial colombiano, deja ver que en la abrumadora mayoría de los casos, el sistema penal acusatorio se está mostrando incapaz de combatir la impunidad de estos delitos, al igual que otras violaciones de derechos humanos en las cuales están implicados miembros de los organismos de seguridad del Estado. Hace varios meses la Mesa sobre Ejecuciones Extrajudiciales de la Coordinación Colombia – Europa – Estados Unidos había advertido que de los 231 casos de ejecuciones extrajudiciales tramitados con la aplicación del nuevo sistema penal acusatorio a diciembre del 2008, 229 se encontraban en la etapa de indagación y sólo dos en desarrollo del juicio oral[1],  poniendo de presente que “el Nuevo Sistema Penal Acusatorio (Ley 906 de 2004) está presentando grandes fallas para permitir el avance de los casos de ejecuciones extrajudiciales y se está perfilando como un sistema con muy poca capacidad de producir verdad y justicia en los casos relacionados con las ejecuciones extrajudiciales, asunto que se debe ser motivo de un exhaustivo análisis y revisión”[2]. En la actualidad, según reportes de la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General de la Nación se adelantan 386 indagaciones penales por presuntas ejecuciones extrajudiciales, de las cuales 372 se encuentran en la fase preliminar.

 

En efecto, la asimetría procesal en la cual se encuentran los familiares de las víctimas de estos delitos, que por lo general pertenecen a los estratos más marginados de la sociedad, unidas a las amenazas de muerte recibidas por la mayor parte de los denunciantes y testigos, se conjugan con la utilización habilidosa de las fallas del nuevo sistema para producir decisiones de impunidad. Las medidas implementados por el Gobierno Nacional, especialmente desde el Presidente de la República y el Ministerio de Defensa han propiciado un debilitamiento de los mecanismos judiciales para investigar y sancionar las graves violaciones de derechos humanos, a la vez que la subordinación al Ejecutivo de algunas entidades y dependencias de los organismos de control y del sistema judicial se han instrumentalizado para impedir que los crímenes producidos por miembros de la Fuerza Pública en el marco de la Seguridad Democrática puedan ser esclarecidos, sancionados o reparados.

 

En un discurso ante los miembros de las Fuerzas Armadas en julio del año pasado, en el cual hizo mención de la muertes producidas por bombardeos de las fuerzas estatales de Colombia en un vecino país, el Presidente de la República exhortó a los miembros de las fuerzas del orden a “no dejarse acomplejar por la guerra política y jurídica, internacional y doméstica”, que “todos los días nos sorprende con un nuevo fantasma a ver si nos quitan la determinación y la iniciativa”. Consecuente con su posición de que las denuncias de ejecuciones extrajudiciales obedecen sólo a una estrategia de la “guerra política y jurídica, internacional y doméstica”, el Gobierno Nacional se ha dedicado a negar, y cuando no a minimizar, la magnitud y gravedad del problema de las ejecuciones extrajudiciales perpetradas en el marco de la política de Seguridad Democrática. En un Consejo Comunitario en Tibú durante el 2009, el Presidente Uribe declaró, contra toda evidencia, que “solo existen 22 casos comprobados” de falsos positivos, y que “la Fuerza Pública no se dejará acomplejar por centenares de falsas acusaciones”. Para el presidente Uribe las denuncias sobre estas graves violaciones de los derechos humanos se producen porque “mucha gente, amparada en el tema de ‘falsos positivos’, lo que ha hecho es crecer  falsas acusaciones, para tratar de paralizar la acción de la Fuerza Pública contra los terroristas”[3].

 

En su visita a Colombia el Relator Especial de las Naciones Unidas para las Ejecuciones Extrajudiciales Sr. Philip Alston, pudo constatar que esa visión del Presidente no correspondía a la realidad, y señaló en su informe preliminar que “la explicación que prefieren muchos en el gobierno —que las matanzas fueron llevadas a cabo a pequeña escala por unas cuantas pocas “manzanas podridas”— es igualmente insostenible. Las cantidades mismas de casos, su repartición geográfica y la diversidad de unidas militares implicadas indican que éstas fueron llevadas a cabo de una manera más o menos sistemática, por una cantidad significativa de elementos dentro del ejército”.[4]

 

En una nueva constatación de que los casos de ejecuciones extrajudiciales en Colombia constituyen una práctica masiva y sistemática, recientemente la propia Fiscalía General de la Nación informó que bajo la modalidad de asesinatos conocidos en el país como “falsos positivos” han sido ultimados un total de 2077 colombianos, 59 de los cuales eran menores de edad, y 122 mujeres[5]. Cifras más actualizadas reportan un total de 2.221 víctimas de homicidios presuntamente cometidos por la Fuerza Pública, que están en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, según informaciones de esa entidad al Programa Contravía TV a mediados de enero de 2010[6].

 

Con fundamento en esta visión de que las ejecuciones extrajudiciales corresponden en su gran mayoría a “falsas denuncias”, el Gobierno ha venido realizando esfuerzos para tratar de impedir que las denuncias de los familiares y abogados de las víctimas de estos crímenes puedan llegar a conocimiento de los estrados judiciales.  El día 4 de mayo de 2009, durante la rendición de cuentas sobre la situación de derechos humanos celebrada en la Casa de Nariño, el Presidente Uribe, según informan los medios, “hizo un balance de las falsas denuncias que se han realizado y aseguró que se trata de una campaña para desprestigiar a la Fuerza Pública y a la Política de Seguridad Democrática”[7]. Igualmente, el ministro de Defensa expresó en ese mismo evento que “por información de inteligencia se ha conocido que hay personas que quieren manchar el nombre de la Fuerza Pública, levantando falsas denuncias, por lo que se están investigando casos concretos para judicializarlos”[8].

 

Pero mientras se desconocen y niegan las denuncias y se amenaza con judicializar a familiares y abogados que se atrevan a formularlas, el Gobierno ha puesto en ejecución una gran estrategia de Defensoría Pública Militar que pone enormes recursos oficiales, profesionales y técnicos a disposición de los miembros de las fuerzas de seguridad acusados de la comisión de estos crímenes, financiados con cargo al presupuesto nacional. El problema es que las orientaciones que desde el alto gobierno se dan a los encargados de la defensa técnica de los militares involucrados en violaciones de derechos humanos no se orientan tanto a garantizar los derechos procesales de los implicados, cuanto a poner presión en los funcionarios judiciales y trabas en los procesos para ocultar la verdad sobre estos hechos, impedir la eficacia de las investigaciones, y garantizar la impunidad para quienes perpetraron estos graves crímenes, con el propósito de darle ratificación judicial a la negación de las ejecuciones extrajudiciales ambientada de manera permanente por el Gobierno al presentarla como meras falsas denuncias.

 

A las afirmaciones presidenciales de que las denuncias son falsas se han seguido las palabras del nuevo ministro de Defensa, Gabriel Silva, quien llamó a los militares a no tomar en consideración estas denuncias, pues serían parte de la “guerra jurídica” de “los enemigos de la patria”. Al anunciar la creación del sistema de defensa jurídica para los miembros de las Fuerzas Armadas, el ministro de Defensa expresó que “se desarrollarán los mecanismos necesarios para enfrentar la guerra jurídica contra los militares y la policía”, y exhortó con vehemencia a “que no tiemble un coronel que no le tiene miedo a nada, ante los códigos, que no tiemble un general o un soldado ante una denuncia, que no pare su voluntad de lucha por una acción jurídica de los enemigos de la patria”. Dichos estímulos e incentivos a los mandos militares para que no se tomen en serio las actuaciones de la justicia, puesto que esta sólo obedecería a estrategias de los enemigos de la patria, frente a las cuales los militares no tienen porque sentirse obligados, busca impedir la eficacia de los denuncias y los procedimientos, para lo cual el Gobierno estaría allí para apoyarlos. El Ministro dijo ante los mandos que, frente a los procesos judiciales en que estén implicados los militares "se desarrollarán los mecanismos necesarios para enfrentar la guerra jurídica en contra los militares y policías" ya que "ahí estará el Estado colombiano acompañándolos, soportándolos y garantizando que se haga debida y pronta justicia” puesto que en este Gobierno “No queremos más justicia espectáculo para los militares de Colombia"[9].

 

En consonancia con esta pretensión de impunidad, se ha venido implementando en los procesos judiciales por los denominados “falsos positivos”  una estrategia coordinada por parte de los abogados que hacen parte de la defensa militar por impedir el avance de los procesos a través de la interposición de estrategias dilatorias que conduzcan a la impunidad. Los observadores han indicado que la defensa militar en estos casos actúa “en bancada”, o plantea recursos “en carrusel”, para agotar los términos, enervar la acción de la justicia y garantizar la impunidad de los acusados. En otros casos, la defensa militar, actuando también con un verdadero espíritu de cuerpo con sus representados, ha venido ejerciendo las labores de defensa técnica con una dosis enorme de arrogancia y con estrategias de amedrentamiento a los operadores judiciales y a quienes están encargados de investigar y sancionar las EEJ y las demás graves violaciones a los derechos humanos cometidas por miembros de la Fuerza Pública, como ha sucedido con el juzgamiento de ejecuciones extrajudiciales en Casanare, en donde los propios funcionarios judiciales son los que han terminado afrontando demandas judiciales por su contraparte.

 

Es evidente que estas actitudes maliciosas y estrategias postergatorias de la defensa militar son solamente una expresión de las directrices y la voluntad oficial expresada públicamente por el Presidente de la República y el Ministro de Defensa. No contribuye para nada a la justicia en los casos de graves violaciones de derechos humanos que desde un inicio la institución de la Defensa Técnica militar se haya orientado con perfiles dirigidos a crear en las tropas la sensación de que ellos no son sujetos justiciables, y sobre todo, la convicción trasmitida de que la Defensoría Pública Militar les permitirá a los uniformados ponerse por encima de la justicia.

 

Las estrategias dilatorias de la defensa militar orientadas a confirmar el negacionismo sobre la ocurrencia de las ejecuciones extrajudiciales se ha visto reforzada además por la connivencia con estas estrategias que en los procesos contra los implicados han demostrado tanto el Consejo Superior de la Judicatura como la Procuraduría General de la Nación. La primera entidad ha convalidado las estrategias postergatorias y obstructivas de la defensa, aportando a las dinámicas dilatorias mediante el rebasamiento excesivo de los términos para decidir los recursos o para la notificación de sus decisiones, y revalidando además la interposición de recursos abiertamente inconducentes como la invocación de la jurisdicción penal militar para el conocimiento de delitos que por su extrema gravedad y sistematicidad sólo pueden ser de conocimiento de la justicia ordinaria, como es reiterado por la jurisprudencia nacional e internacional. La falta de acciones disciplinantes para conjurar las causas de las dilaciones procesales, la insuficiente designación de funcionarios judiciales para conocer de la enorme cantidad de casos de ejecuciones extrajudiciales, y la excesiva carga sobre los funcionarios designados para conocer de estos delitos comprometen la responsabilidad del Consejo Superior de la Judicatura, y se suman a las maniobras dilatorias y cuestionables de esta entidad.

 

La Procuraduría General de la Nación también ha incumplido sus obligaciones para conjurar los factores que contribuyen a la dilación de los procesos y al vencimiento de los términos en estos procesos. No ha ejercido ninguna actividad orientada a garantizar el ejercicio diligente y eficiente de las entidades estatales que con sus acciones obstruyen o orientan las medidas que generan la impunidad e impiden que la justicia pueda ser pronta y efectiva. Peor aún, la Procuraduría ha incumplido su función de velar por la efectividad de los derechos humanos y las garantías fundamentales dentro de estos procesos, y más que representar los intereses de la sociedad y de las víctimas ha actuado las más de las veces al lado de la defensa militar reforzando sus argumentos y estrategias, actuando a favor de los acusados como victimarios. En varios de los casos incluso han sido los agentes de la Procuraduría quienes se han opuesto a la Fiscalía para solicitar las libertad de los acusados, sin detenerse a considerar que, como sucede con las madres y familiares de los jóvenes de Soacha, estos se encuentran amenazados de muerte, y podrían en consecuencia ver incrementado sus riesgos por este tipo de decisiones. En los procesos disciplinarios por estos mismos hechos, la procuraduría tampoco ha avanzado mayormente en las investigaciones. Ninguno de los 27 militares retirados del servicio  está siendo procesado ni respondiendo por sus acciones, y la Procuraduría tampoco ha ejercido su facultad de Suspensión Provisional  de los militares vinculados a los procesos penales, como lo demuestra el hecho de quienes fueron puestos en libertad fueron convocados por el mando militar a desempeñar funciones administrativas dentro de los batallones.

 

Tampoco el Ministerio de Defensa ha cumplido con sus obligaciones de suspender preventivamente a los militares en este caso. La convocatoria a los militares puestos en libertad a presentarse a batallones militares hecha por el Ministerio de Defensa, demuestra con evidencia que estos militares no han sido retirados del servicio activo, como es su obligación en cumplimiento de los convenios de la asistencia militar firmados con los Estados Unidos. El primero de los condicionamientos de la ayuda militar norteamericana se hizo bajo el compromiso de que El Comandante General de las Fuerzas Armadas de Colombia está suspendiendo de las Fuerzas Armadas a aquellos miembros, de cualquier rango, que de acuerdo con el Ministerio de Defensa, el Fiscal General o  la Procuraduría General de la Nación, han sido creíblemente acusados de haber cometido graves violaciones de derechos humanos, incluyendo asesinatos extrajudiciales, o que han ayudado o facilitado las acciones de las organizaciones paramilitares o de grupos armados sucesores.

 

Además, el Relator Especial de Naciones Unidas para las Ejecuciones Extrajudiciales pudo constatar en su visita al país el año pasado la persistencia de maniobras obstructivas de las autoridades militares en los procesos judiciales por estos crímenes. El Relator Philip Alston denunció  como uno de los principales problemas que propician la impunidad de estos asesinatos por fuerzas gubernamentales el hecho de que “en algunas zonas los jueces militares hacen caso omiso a los dictámenes de la Corte Constitucional y hacen todo lo que está en su poder para impedir la transferencia de casos claros de derechos humanos al sistema de justicia ordinaria. Se demora u obstruye la transferencia de información, se arreglan los enfrentamientos de jurisdicción cada vez que se encuentra la oportunidad, y las tácticas de dilación son de uso común. Como resultado de todo esto hay demoras, que frecuentemente son de meses o años y ponen en peligro el valor de los testimonios y de las pruebas.”[10]

 

Con todas estas maniobras, no resulta convincente la preocupación del Presidente por el vencimiento de los términos, y menos aún su propuesta de interferir en la justicia buscando que se desconozcan los términos procesales aludiendo a una analogía imposible con la imprescriptibilidad de que gozan los delitos de lesa humanidad. Igualmente retóricas resultan las declaraciones del Ministro de Defensa y del Comandante de las Fuerzas Militares pidiendo la celeridad de las investigaciones judiciales, cuando con sus exhortaciones públicas y las actuaciones de sus subordinados han promovido el agotamiento de los términos.

 

La más reciente decisión del Consejo de Estado que suspende de manera provisional el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la Fiscalía para que sea la justicia ordinaria quien adelante las primeras indagaciones en casos de graves violaciones a los derechos humanos en las que estén implicados militares activos, fue también promovida por el Cuerpo de Generales de las Fuerzas Armadas[11]. La demanda interpuesta por los Generales ante el Consejo de Estado, y admitida por el Consejo de Estado, pretende que hacia el futuro las investigaciones de los militares activos las tendrá que conocer la Justicia Penal Militar, poniendo fin al acuerdo que definía que la Fiscalía iniciaba las indagaciones para que luego se definiera la competencia sobre esos casos.

Según los mandos que interpusieron la demanda, si era la justicia ordinaria quien iniciaba las indagaciones contra militares activos, se estaría vulnerando su derecho a la defensa y a un juicio justo. La verdad es que solamente a partir de asesinatos masivos en Ocaña de los jóvenes que habían sido reclutados y trasladados desde el municipio de Soacha el país comenzó a aceptar la realidad de la ocurrencia de las ejecuciones extrajudiciales, porque en la mayoría de los casos las víctimas, seleccionadas entre los sectores más humildes de la sociedad, eran presentados como guerrilleros o delincuentes dados de baja en combate, para lo cual se alteraba la escena del crimen, se manipulaban las pruebas y se torcían las líneas de iniciales de la investigación, circunstancias que se facilitaban cuando eran los funcionarios de la justicia castrense los encargados de adelantar las primeras diligencias y llevar a cabo las investigaciones, dado el sometimiento de estos funcionarios a los mandos militares que habían tenido algún grado de responsabilidad o participación en estos crímenes.

A pesar de que el Gobierno Nacional había informado que merced a las medidas implementadas habían comenzado a reducirse los casos de los falsos positivos, la suspensión de dicho convenio lo que implica es que por ahora, los casos que involucren a integrantes de las Fuerzas Militares activos no podrán ser asumidos directamente por la Fiscalía, con lo cual se propician de nuevo las circunstancias para que la desviación de las investigaciones en sus fases iniciales se convierta en un incentivo para la reaparición y proliferación de este tipo de crímenes.

Lo que evidencias estas actuaciones del Ministerio de Defensa, de la Defensa Militar, del Consejo Superior de la Judicatura, la Procuraduría General de la Nación y del Consejo de Estado es que la cooptación por parte del Gobierno a diversas entidades de la Administración de Justicia y los órganos de control, alcanzada durante los 2 períodos consecutivos del Presidente Álvaro Uribe, se expresa en la completa subordinación de estas instituciones para garantizar la impunidad de las graves violaciones a los derechos humanos producidas en el contexto y bajo el impulso de la política de Seguridad Democrática. La acción mancomunada de estas entidades vasallas de la voluntad del Ejecutivo están dejando en evidencia la existencia de un Estado de No Derecho, en el cual los miles de casos de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, torturas y otras graves violaciones de derechos humanos en las cuales están involucrados miembros de las fuerzas de seguridad, van a quedar impunes para cobijar con un manto de verdad judicial la verdad oficial de que las ejecuciones extrajudiciales nunca existieron y que debe castigarse es a quienes formulan falsas denuncias.

Actuaciones como estas son las que los familiares de las víctimas invocan para seguir luchando para que los crímenes de sus seres queridos no queden impunes, y para solicitar que la Corte Penal Internacional comience a tomar medidas para evitar que esto suceda.

Algunas Propuestas para superar los factores de impunidad mencionados: La Mesa sobre Ejecuciones Extrajudiciales de la Coordinación Colombia – Europa – Estados Unidos respalda el clamor de los familiares de estos crímenes atroces para que los responsables sean juzgados y sancionados en un juicio justo y sin dilaciones. Exige al Presidente de la República abstenerse continuar negando la realidad de las ejecuciones extrajudiciales y otras graves vulneraciones de los derechos humanos que han sido suficientemente constatadas y referenciadas tanto por los Relatores de Naciones Unidas y otros mecanismos internacionales de verificación de los derechos humanos como por los propios órganos de la justicia interna, y en consecuencia abstenerse de propiciar medidas que conduzcan a la impunidad de las ejecuciones extrajudiciales y otras graves violaciones a los derechos humanos perpetradas al amparo de la política de Seguridad Democrática.

Exigimos del Ministerio de Defensa Directivas concretas dirigidas al cuerpo de abogados encargados de la Defensoría técnica de los uniformados para que desistan de formular estas estrategias dilatorias y obstruccionistas, y al Propio Ministro, en el sentido de abstenerse de seguir infundiendo en los mandos una visión de sí mismos como sujetos no justiciables que pueden ponerse al margen de las instancias judiciales y por encima de las regulaciones y constricciones a que están sometidos tanto los ciudadanos como las autoridades en un Estado de Derecho. Igualmente

 

Solicitamos al Consejo de la Judicatura dejar de cohonestar con las maniobras maliciosas y estrategias dilatorias y cumplir sus obligaciones para conjurar estas prácticas propiciadoras de la impunidad, a la vez que se abstenga de favorecer ella misma los vencimientos de términos dilatando los plazos para las decisiones sobre los recursos o la notificación de las mismas. Pedimos también que el Consejo Superior de la Judicatura asigne un número mayor de funcionarios judiciales a los centenares de casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas que se encuentran en la impunidad, la mayoría de los cuales están en investigaciones preliminares. Como se ha presentado en otras oportunidades, es necesario también que en algunos casos de especial relevancia como el caso de los jóvenes de Soacha, el Consejo Superior de la Judicatura permita la dedicación exclusiva de los jueces y fiscales para adelantar el proceso con prontitud y eficacia.

 

Solicitamos a la Procuraduría General de la Nación que asuma las funciones que la Constitución y la ley le ordenen para que su intervención en los procesos judiciales por ejecuciones extrajudiciales y otras graves violaciones de derechos humanos en las cuales están involucrados miembros del estamento militar se garantice la efectividad de los derechos y las garantías fundamentales, ejerza su papel con independencia del poder ejecutivo y las orientaciones del estamento castrense, y no olvide que su papel debe estar de lado de la defensa de los intereses colectivos y de la sociedad, y en especial velar porque se garanticen de manera efectiva  los  derechos de las víctimas y sus familiares, en especial cuando por situaciones de vulnerabilidad social y situaciones de amenazas generalizadas puedan producirse decisiones dentro del proceso penal que agraven estas circunstancias o las pongan en riesgo.

 

Solicitamos al Consejo de Estado abstenerse de proferir providencias que tengan como efecto limitar las facultades de la justicia ordinaria para conocer de las indagaciones penales por ejecuciones extrajudiciales y otras violaciones de derechos humanos en los cuales estén implicados militares activos. El reconocimiento unánime en la jurisprudencia nacional e internacional de que la jurisdicción castrense no garantiza el principio de la independencia judicial debe ser tenido en cuenta a la hora de proferir decisiones que tengan como efecto que sea la jurisdicción militar quien adelante las diligencias preliminares en casos de presuntos homicidios perpetrados por miembros de la fuerza pública, cuando la comunidad internacional espera que el Estado Colombiano tome medidas efectivas para conjurar estos crímenes atroces que se han masificado y perpetrado de manera sistemáticas en los últimos años.

 

Es imprescindible además que la sociedad colombiana con acompañamiento de la comunidad internacional emprenda un debate democrático para debatir el funcionamiento del sistema penal acusatorio y la estructura del sistema judicial, para evaluar los factores que estén impidiendo que en el tema de las ejecuciones extrajudiciales y otras graves violaciones de derechos humanos en las cuales están involucrados miembros de las fuerzas armadas no están permitiendo alcanzar decisiones de verdad y justicia y resultados que permitan superar la impunidad de los crímenes actuales y del pasado reciente. Urge restablecer los equilibrios institucionales que se han deteriorado en los últimos años, y volver a restablecer la Procuraduría General de la Nación como un órgano que represente verdaderamente los intereses de la sociedad y la efectividad de los derechos vulnerados de los ciudadanos. También se requiere que el Ejecutivo deje de interferir en las decisiones de la justicia, en especial las acciones de obstrucción y manipulación que se han venido desarrollando a través del cuestionado papel asumido por el Consejo Superior de la Judicatura, y sobre todo a través de su Sala Disciplinaria.

 

La sociedad colombiana y la comunidad internacional han demandado del Estado colombiano acciones eficaces para poner fin a las prácticas sistemáticas de las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzadas, y demanda que estos crímenes sean aclarados, investigados y sancionados de manera pronta y completa, lo cual sólo podrá lograrse devolviendo a la justicia la independencia y autonomía que se requiere para que estos crímenes no queden en la impunidad, caso en el cual tendrían que ser las instancias pertinentes de la comunidad internacional, tales como las instancias internacionales de derechos humanos o la Corte Penal Internacional quienes tendrían que asumir su competencia en aras de las garantías negadas a las víctimas para acceder a garantías de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición de estos crímenes atroces.

 

MESA SOBRE EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES

COORDINACIÓN COLOMBIA -  EUROPA – ESTADOS UNIDOS

 

19 de enero de 2010


[1]
                [1] Respuesta de la Fiscalía General de la Nación a un Derecho de Petición de la Corporación Jurídica Libertad. Diciembre de 2008.

 

[2]
                [2]
Coordinación Colombia – Europa – Estados Unidos. Mesa de Trabajo sobre Ejecuciones Extrajudiciales. Técnicas de Ocultamiento. Nuevas Tendencias en el Ámbito de las Ejecuciones Extrajudiciales en Colombia. En: ¿Continuidad o Desembrujo?. La Seguridad Democrática insiste y la esperanza resiste. Serie el Embrujo. Pags. 73 a 85. Ediciones Antropos. Bogotá. Noviembre de 2009

 

[3]
                        [3] Caracol Radio. Marzo 23 de 2009. “Uribe dice que solo existen comprobados 22 casos de ‘falsos positivos’”.

                Disponible en www.caracol.com.co/nota.aspx

 

[4]
                [4]
Acnur.org  2009. “Declaración del Profesor Philip Alston, Relator Especial de las Naciones Unidas para las ejecuciones arbitrarias  – Misión a Colombia del 8 al 18 de junio de 2009”.

                Disponible en www.acnur.org/pais/index.php  2009. “Declaración del Profesor Philip Alston, Relator Especial de las Naciones Unidas para las ejecuciones arbitrarias  – Misión a Colombia del 8 al 18 de junio de 2009”.

                Disponible en www.acnur.org/pais/index.php

 

[5]
                [5]
El Tiempo.com.  “Más de dos mil colombianos habían sido asesinados en falsos positivos, según informe de la Fiscalía”. Disponible en: www.eltiempo.com/colombia/justicia/mas-de-dos-milcolombianos-habian-sido-asesinados-en-falsos-positivos-segun-informe-de-la-fiscalia_6378648-1

 

[6]
                [6]
Programa Contravía TV. Entrevista de Hollman Morris al Fiscal General (E) Diego Mendoza Diago. Enero 14 de 2010.

 

[7]
                [7] El Tiempo.com. “Joven de Montería es el nuevo caso de falso positivo revelado por el ministro de Defensa”. Disponible en: www.eltiempo.com/colombia/justicia/joven-de-monteria-es-el-nuevo-caso-de-falso-positivo-revelado-por-el-ministro-de-defensa_5129447-1. 4 de mayo de 2009.

 

[8]
                [8]
Caracol TV. 4 de mayo de 2009. “Gobierno admite una muerte extrajudicial por parte del Ejército”. Disponible en: www.caracoltv.com/noticias/justicia/articulo137691-gobierno-admite-una-muerte-extrajudicial-parte-del-ejercito.

 

[9]
                Ejército Nacional de Colombia. 12 de Agosto de 2009. Mindefensa anunció creación de sistema de defensa para la Fuerza Pública. En: www.ejercito.mil.co.

 

[10]
                [10]
Acnur.org  2009. “Declaración del Profesor Philip Alston, Relator Especial de las Naciones Unidas para las ejecuciones arbitrarias  – Misión a Colombia del 8 al 18 de junio de 2009”. Disponible en www.acnur.org/pais/index.php

 

[11]
                [11]
El Espectador.com. Investigaciones contra militares ya no serán competencia de la Fiscalía. 18 Ene 2010. En: www.elespectador.com/articulo182753-investigaciones-contra-militares-ya-no-seran-competencia-de-fiscalia